Presidente Ejecutivo

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De acuerdo a la Ley Creadora de la Empresa Nicaragüense de Electricidad (ENEL), Decreto Legislativo No. 46-94, publicado en La Gaceta, Diario Oficial del uno de noviembre de 1994. Sus Órganos de Dirección y Administración corresponden a una Junta Directiva y un Presidente Ejecutivo, designados por el presidente de la República.

 

Artículo 14.- Al Presidente Ejecutivo le está confiado la administración de la Empresa de acuerdo a sus objetivos y a las resoluciones de la Junta Directiva y tendrá las siguientes atribuciones:

 

a) Representar legalmente a la Empresa, tanto en asuntos judiciales, extrajudiciales y administrativos.

 

b) Someter, para su aprobación, a la Junta Directiva el plan de la estructura organizativa y funcional de la Empresa, sus reformas y adiciones.

 

c) Ejecutar todos los actos y contratos que expresa o tácitamente estuvieran comprendidos dentro del objetivo de la Empresa.

 

d) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales vigentes, las resoluciones de la Junta Directiva, los Reglamentos de la Empresa y las normas y disposiciones dictadas por autoridad competente.

 

e) Someter al conocimiento y resolución de la Junta Directiva todos los asuntos de política de la Empresa que requieran su aprobación o resolución del mismo.

 

f) Preparar y presentar a la Junta Directiva anualmente el Plan General de Actividades, y Presupuesto General de Operaciones e Inversiones.

 

g) Preparar y presentar a la Junta Directiva el informe anual de operaciones, actividades y condiciones financieras de la Empresa.

 

h) Presentar a la Junta Directiva con la periodicidad que ésta establezca, la Ejecución Presupuestaria y los Estados Financieros.

 

i) Proponer y recomendar para aprobación de la Junta Directiva los Planes Tarifarios, las normas técnicas, los Reglamentos de Servicio y sus reformas.

 

j) Someter a la Junta Directiva la aprobación de los Reglamentos Internos de la Empresa.

 

k) Llevar a cabo cualquier función relacionada con la administración de la Empresa, que le sea encomendada por la Junta Directiva.